Se supone que cuando una persona es víctima de cualquier tipo de violencia o delito contra su persona, el tribunal de las fuerzas de seguridad está obligado, no solo a tomar las denuncias, sino además hacerlo de manera de no dañar ni victimizar aún más a los damnificados, (esto encuadrado GRACIAS  que nuestros  empáticos y muy sabios legisladores votaron con desesperación la penosa ,  copiada y pegada  ley 10731,  que pretendió un innovador Organismo democrático independiente, y solo FUE UN AMONTONAMIENTO DE COMPINCHES CON JUGOSOS SUELDOS Y QUE  DE A POCO , SE SUMIERON EN LAS MISMAS MAÑAS, Y ABUSOS DE PODER  QUE SU ANTECESOR, EL TRISTE Y FAMOSO TRIBUNAL DE CONDUCTA LEY 9120).

  Decimos esto porque tenemos conocimiento basto de información negativa, respecto a  la forma de proceder y manejarse este nuevo tribunal, varias quejas, sobre todo de la manera poco profesional y empática con que tratan a las víctimas. Y no solo hablamos de boca de jarro, sino que los datos certeros de una asociación civil  de DDHH  y  V. de Genero,  que solicito información pública, y para que este organismo tan promocionado como transparente y democrático, informe al público cuestiones que deberían ser puestas en conocimiento inmediatamente, se los tiene que amenazar con recurrir al AMPARO POR MORA a fin que cumpla su obligación, este PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE LAS FUERZAS DE SEGURIDAD, el también, ARCHICONOCIDO,  MULTI OCUPA PUESTOS DEL GOBIERNO  , SR GARCIA ORLANDO, y que las denuncias que también esta asociación ha emitido , toman el icónico proceso de investigación lenta, pausada, interrumpida, analizada, vuelta a revisar , sin la mínima intención de citar a los involucrados a fin de llegar a la verdad administrativa.

Lo primero que hay que señalar el tratamiento que reciben aquellos que van a denunciar o son citados para alguna declaración, según los damnificados, (ya son tres testimonios similares, dos de policías en actividad , los cuales obviamente no quieren ir contra estos sujetos que los tienen en su puño de `poder, y una víctima civil) , estos, son invitados a ingresar a la oficina en cuestión cuando deben ampliar, ratificar , etc., sus denuncias , allí el/la investigador/ra  le  aclaran, que no pueden ingresar con cartera (mujeres) , ni celular, según la excusa  que no pueden recibir llamados ni  mensajes de texto o de APP, les aclaran que no pueden grabar, lo cual para una persona que está transitando, amenazas, abusos, malos tratos y violencia de todo tipo, esto de alguna manera es recrudecer y re-victimizar mucho más a la persona. No solo eso sino que a lo LARGO DE TODA LA LEY 10731 Y SU DECRETO 1568/21, NO INDICA, NI AUTORIZA, NI RECOMIENDA SEMEJANTE PROCEDIMIENTO respecto a los denunciantes ni víctimas, será porque inducen la declaración?, será que intimidan a las víctimas, será que coaccionan, o dan recomendaciones indebidas a su función? Desde este medio creemos que no se puede estar con Dios y con el Diablo, ya que se llame Tribunal de Seguridad, Tribunal de Conducta, sean Penales o Civiles, tienen la obligación y el deber de impartir Justicia sin privilegios, no debe haber distintas varas, ni amiguismos ni protegidos, no se puede ni se debe estar de los dos lados del mostrador, como nos tienen acostumbrados los políticos, por ejemplo, un Secretario Gral. de un sindicato es Legislador del gobierno, ley pareja para todos.     

El loable discurso repetido de transparencia, democratización, rectitud, tiene ejemplos nefastos de protección al poder, el MODELITO  más triste pero real y actual,  es LA FISCALIA DEL FUERO ANTICORRUPCION bastión del archivo de causas importantes. Al parecer y según se recuerda en antaño,  Asuntos Internos tenia mayor celeridad, e imparcialidad en reprender e investigar a los policías , pero como siempre, con el verso del repetido discursito , solo se crean puestos para amontonar amigos del poder, sin INTERESAR REALMENTE, LA FUNCION QUE SE DA A LA SOCIEDAD, LA TRANQUILIDAD QUE SE LE DEBERIA PREGONAR, Y UNA REAL SEGURIDAD EN LA QUE SE DEBERIA VIVIR.